Se dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva en la que este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el DESISTIMIENTO DE PROCEDIMIENTO, en la presente demanda de contenido patrimonial, interpuesto por el abogado GILBERTO OLMOS GONZÁLEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 13.044, actuando en su condición de SÍNDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO RAFAEL RANGEL DEL ESTADO TRUJILLO contra la EMPRESA CORPORACIÓN DE FIANZAS BOLÍVAR C.A, por cumplimiento de contrato.