Por las razones expuestas y sobre la base de las disposiciones legales citadas en el texto de la presente decisión, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta El SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa seguida al adolescente hoy joven ya identificado, por los delitos de Robo Agravado, Violación de Domicilio y Lesiones Intencionales Leves, previstos y sancionados en los artículo 458, 183 y 416 del Código Penal, respectivamente, de conformidad con el cardinal 3 del articulo 318 y cardinal 8 del artículo 48 eiusdem, aplicables supletoriamente conforme a las reglas establecidas en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, al estar prescrita la acción de conformidad con el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Quedan las partes presentes citadas de la decisión, Notifíquese a la víctima y una vez definitiva la resoluc.....