ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: Verificado el cumplimiento por parte del Acusado JUAN MANUEL CORDERO LEAL , titular de la cedula de identidad N° 16.065.622, natural de Valera, de 26 años de edad, nacido en fecha 22/03/1983, soltero, ocupación estudiante, hijo de Manuel Antonio Cordero y Xiomara Coromoto Leal, residenciado en la Urbanización San Rafael Bloque 15 apartamento 01-01 municipio Valera estado Trujillo, de las condiciones impuestas en decisión de fecha 01/01/2008 de audiencia preliminar las cuales fueron "Mantener el domicilio que indica en la audiencia. Prohibición de agredir y de acercarse a la victima" este Tribunal considera que lo ajustado a Derecho es DECRETAR LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con los artículos 45, 48 numeral 7º y 318 numeral 03 del Código Orgánico Procesal Penal por la comisión del delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 41 de la .....