este tribunal de Control N° 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL, DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y AUTORIDAD DE LA LEY, declara procedente la solicitud fiscal , y en consecuencia decreta el sobreseimiento de la causa a favor de ABUDAKA SAMER, árabe, titular de la cédula de identidad N- 83.624.948 , sirio, de 28 años de edad, y residenciado en LA AVENIDA PRINCIPAL DE PIE DE SABANA, VIA PUBLICA MUNICIPIO SAN RAFAEL DE CARVAJAL DEL ESTADO TRUJILLO siendo el delito de lesiones personales menos graves previsto en el artículo 413 del Código Penal en agravio del ciudadano PEDRO LUIS MENDOZA ARAUJO , venezolano, mayor de edad, de 24 años de edad, soltero, obrero, comerciante titular de la cédula de identidad Nª 15.294.369 con residencia en CALLE PRINCIPAL DEL COROZAL SIN NUMERO, MUNICIPIO SAN RAFAEL DE CARVAJAL, del estado Trujillo al haber prescrito la acción penal conforme al artículo 108 ordinal 5 del Código Penal y obviam.....