PRIMERO: Se declara FLAGRANTE la aprehensión del ciudadano JOHANDER ISAÍAS VILLEGAS RUIZ, conforme al artículo 93 segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se acuerda la aplicación del Procedimiento Especial previsto en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, conforme a lo ordenado en su artículo 94. TERCERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud fiscal de imposición como medida de coerción personal de la privación judicial preventiva de libertad. CUARTO: SE DECRETAN MEDIDAS CAUTELARES sobre el imputado Johander Isaías Villegas Ruiz, de: 1) prohibición de acercamiento a la mujer agredida, a su lugar de trabajo, estudio o residencia, y 2) prohibición de ejercer actos de persecución, intimidación o acoso, en forma directa o indirecta mediante terceras personas, a la victima o a miembros de su familia, de conformidad con el articulo 92 ordinales 5 y 8 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de .....