Este Tribunal de Control N° 4 Administrando Justicia en Nombre de la República Venezuela y por Autoridad de la ley Decide: Primero Visto el Cumplimiento de las condiciones impuesta al ciudadano Vicente Ramón Rangel, Venezolano, Mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº 9.312.968, de 47 años de edad, natural de La Loma de San Isidro, Valera Estado Trujillo, nacido en fecha 15-07-1959, Soltero, de profesión Obrero, domiciliado en el Barrio Valle Alto, Las Lomas frente al casino Militar, Casa S/N, casa de Zinc, Sector N° 04, Valera Estado Trujillo, Hijo de Maria del Carmen Rangel y Eleuterio López (fallecido), por el delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado, en el Articulo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y de del Adolescente, en concordancia con el Articulo 217 ejusdem, en agravio de la niña Marianna Alejandra Rangel Se decreta el Sobreseimiento de la Causa de conformidad con el artículo 45 - 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal en concordanc.....