Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en unciones de Control N° 5, del Circuito Judicial penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se le conceden al Fiscal Sexto del Ministerio Público, QUINCE DIAS ADICIONALES, al vencimiento de los treinta días, para que de cumplimiento a lo regulado en el cuarto aparte del artículo 250, a saber, presentar acusación, solicitar el Sobreseimiento o en su caso archivar las actuaciones, en la causa N° TP01-P-2008-651, seguida al ciudadano PEREZ VASQUEZ HOYWER EDUARDO, VENEZOLANO, portador de la cedula de identidad Nº 18325913, Natural deL Estado Varga la Guaira, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 02-10-84, soltero, hijo de José Laguna y Elida Vásquez residenciado en estado Vargas Maiquetía calle el 13 de febrero, casa sin numero, de color verde, es en la vía por la bodega de mi abuelo Pérez, la cada queda al lado .....