DECISION
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCION Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente solicitud.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, a los siete (07) días del mes de noviembre de dos mil diecisiete (2.017). Años 257º de la Independencia y 158º de la federación.-
LA JUEZA SUPLENTE,
ABG. MIREYA CARMONA TORRES
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,
ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS
En la misma fecha previa las formalidades de Ley se publico el presente fallo, siendo la 1:30 de la tarde.-
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,
ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS