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Decisiones del dia 05/06/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] Página 1 de 1
N° Expediente : KN03-X-2009-0066 N° Sentencia : 576 Fecha: 05/06/2009
Procedimiento:
Medida De Embargo Preventivo
Partes:
IRAZU COROMOTO ARENA DE LA CRUZ, VENEZOLANA, ABOGADA, INSCRITA EN EL INPREABOGADO Nº 117.650, ACTUANDO EN SU CONDICIÓN DE ENDOSATARIA DE LA ASOCIACIÓN CIVIL CUENTA CONMIGO A.C;CONTRA LOS CIUDADANOS YUNIOR ALBERTO VARGAS, MONICA CELESTE CEIBA MUNOZ Y ROSANDY JOSEFINA FAARFAN GUZMAN, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS V-20.010.751, V-13.085.973 Y V-18.887.284, RESPECTIVAMENTE
Resumen:
e conformidad con lo dispuesto en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, se decreta MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre BIENES MUEBLES de la parte demandada por la cantidad de DIECISEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 16.944.88), que comprende total al DOBLE de las siguientes cantidades: 1. OCHO MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs.8.400, 00): Capital exigido. 2. TRECE BOLÍVARES CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs.13,44,): Derecho de comisión calculados al 1/6% del valor de la Letra de Cambio. 3. OCHENTA Y CUATRO BOLÍVARES (Bs. 84,00): Intereses de mora, causados desde el día 11 de abril de 2009, hasta el 10 de mayo de 2009, calculados a la rata del 1% mensual. Más las costas que son calculadas prudencialmente en la cantidad de DOS MIL CIEN BOLÍVARES (Bs.2.100,00); adicionándose los intereses que se sigan venciendo hasta la total y definitiva cancelación; haciéndose la salvedad que si dicho embargo recae sobre CANTIDADES DE .....
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
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N° Expediente : KP02-S-2009-6601 N° Sentencia : 585 Fecha: 05/06/2009
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
EDUARDO JOSÉ CORDERO, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. V-1.242.557
Resumen:
En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor del ciudadano EDUARDO JOSÉ CORDERO, antes identificado, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, y que en el caso de autos, es hasta este momento el solicitante, según documento Registrado por ante la Oficina Inmobiliaria del Segundo Circuito de Registro Público del Municipio Iribarren del estado Lara, quedando anotado en el mismo, bajo el N° 3, Tomo 20, Protocolo 1°, de fecha 15 de mayo de 2006. D.....
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
arriba

N° Expediente : KP02-V-2009-001293 N° Sentencia : 548 Fecha: 05/06/2009
Procedimiento:
Resoluciòn Contrato Arrendamiento
Partes:
ABAD ANTONIO CANELÓN ALZURU VS. JOSEÍTO RODRÍGUEZ GÓMEZ
Resumen:
SIN LUGAR la cuestión previa opuesta, con fundamento al artículo 346.6 del Código de Procedimiento Civil. 2. SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber sido totalmente vencida en esta incidencia. 3. PARCIALMENTE CON LUGAR la acción por motivo de desalojo interpuesta por el ciudadano ABAD ANTONIO CANELÓN ALZURU, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.603.278, CONTRA JOSEÍTO RODRÍGUEZ GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.585.840. 4. SE ORDENA a la parte demandada entregar el local comercial y su anexo, en el mismo buen estado en que lo recibió, ubicado en el Barrio 5 de Julio, calle 2 entre carreras 9 y 10 s/n, (anteriormente era la carrera 9 entre calles 1 y 2 s/n), nomenclatura que fue cambiada recientemente por la Alcaldía del Municipio Iribarren del estado Lara. Dicho local se encuentra sobre un terreno propiedad mu.....
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
arriba

N° Expediente : KP02-S-2009-5275 N° Sentencia : 586 Fecha: 05/06/2009
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
LILIANA DEL VALLE MIRANDA ZAMBRANO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. V-13.543.531
Resumen:
En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de LILIANA DEL VALLE MIRANDA ZAMBRANO, antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
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N° Expediente : KP02-S-2009-5453 N° Sentencia : 589 Fecha: 05/06/2009
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
PASTORA COROMOTO VISCAYA DE PÉREZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. V-7.309.528, DE ESTE DOMICILIO
Resumen:
En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de PASTORA COROMOTO VISCAYA DE PÉREZ, antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
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