Se decreta el Sobreseimiento de la Causa que se le sigue a la SOCIEDAD MERCANTIL SISTEMA DE COMPRA PROGRAMADA CHEVROLETH C.A. (CHEVYPLAN), en virtud de haberse verificado el cumplimiento del acuerdo reparatorio suscrito con la victima ANDRES RAFAEL ESCALONA, Cédula de Identidad Nº V- 3.859.211,todo con fundamento en lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, salvando que el proceso continua respecto a las victimas que no ha concurrido al mencionado Acuerdo Reparatorio, que se mencionan a continuación Raymar Darlenys, Luis Gómez González, Ramón José López, Carlos Lancillota, y María Lourdes Carrera, Cedula de Identidad Nos. V- 16.387.539, V- 16.090.127, V- 13.265.777, V- 7.423.468, y V- 7.363.545, respectivamente, en la forma que establece el articulo 40 del Código Organico Procesal Penal.- Notifiquese a las partes de la presente decisión.- Regístrese y Publíquese. Cúmplase.
La Juez Novena de Control
Abg. Wendy Azuaje Pérez .....