Por las razones antes expuestas, Este Juzgado Segundo de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencias y Medidas de este Circuito Judicial Penal del Estadio Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL EN LA PRESENTE INVESTIGACION de conformidad con el artículo 79 y 103 primer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, seguida a los ciudadanos UTRILLA OLMOS WILFREDO DE JESUS, titular de la cedula de identidad Nº 18.458.535, OLMOS FREDDY DE JESUS, titular de la cedula de identidad Nº 21.064.686, GUERRERO CARTAGENA RONALD DE JESUS, titular de la cedula de identidad Nº 18.350.836; por la presunta comisión de uno de los delitos, previsto y sancionado en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en consecuencia se ORDENA EL CESE DE CUALQUIER MEDIDA RESTRICTIVA DE LIBERTAD QUE PESE CONTRA DE LOS CITADOS C.....