PRIMERO: Las ciudadanas LUCRECIA MEJIA y LUZ MARY RAYO, (ya identificadas) abuelas de la niña (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA), tendrán el siguiente régimen de visitas: La Abuela Paterna ciudadana LUZ MARY RAYO, compartirá con su nieta cada tres (3) meses, comprometiéndose la madre a llevarla personalmente y la entregará a su abuela en la ciudad de Caracas, esta entrega debe ser el día sábado desde las 10:00 a.m, hasta el día domingo hasta las 05:00 p.m., asimismo este Régimen debe alternarse, en el cual la Abuela Paterna buscará a su nieta en el Municipio Boconó. En temporadas de Vacaciones escolares la progenitora se trasladará a la ciudad de Caracas por lo menos una semana, para que la abuela paterna comparta con la niña todos los días de esa semana, comprometiéndose la abuela en entregar a la niña a su progenitora todas las tardes; por la otra parte la Abuela Materna ciudadana LUCRECIA MEJIA compartirá con su nieta los días domingos desde las 10:00 a.m hast.....