/Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA POR IMPROCEDENTE LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO, al penado: DUARTE OJEDA, ARMANDO, Colombiano, natural de Colombia, Norte de Santander, nació el día 23-03-1966, de 44 años de edad, Soltero, de profesión u oficio: Obrero, grado de instrucción: Analfabeta, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.486.463, hijo de Adelina Ojeda y Aníbal Duarte, domiciliado en Ureña, Estado Táchira, carrera 12, casa Nº 9-69, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental, Uribana, Barquisimeto, estado Lara,.
Todo de conformidad con los artículos 479, ordinal 1ero y 501 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese lo conducente al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental, Uribana, Barquisimeto, Estado Lara y remíta.....