DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, con sede en Trujillo, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano HERMES RAMÓN ABREU MORA, ya identificado, la cual corren inserta en los libros de partidas de nacimientos llevados por ante la Prefectura del municipio Mercedes Díaz, Valera, estado Trujillo, signada con el Nro. 41 del año 1954. En tal virtud, se ordena oficiar al Delegado Registrador Civil de la Alcaldía del Municipio Valera, y al Registrador Principal ambos del estado Trujillo, a fin de que se corrija el error cometido en la partida de nacimiento del ciudadano HERMES RAMÓN ABREU MORA, donde no aparece el segundo y el tercer nombre de la progenitora del solicitante debe.....