Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en consecuencia se declara LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, a favor del ciudadano RAFAEL EDUARDO DELGADO PACHECO, titular de la cedula de identidad No. 16.329.664, venezolano, natural de Bocono, de 25 años de edad, soltero, hijo de Argelia de Jesús Pacheco Pacheco y Rafael Antonio Delgado Terán, agricultor, residenciado en Burbusay, calle José Manuel Arraiz, casa s/n, a dos cuadras del ambulatorio, Bocono Estado Trujillo, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES de conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal del Código Orgánico procesal penal, por cumplimiento de las condiciones impuestas durante el plazo de régimen de prueba, de la Suspensión Condicional del Proceso. Remítase las actuaciones al Archivo Central de este Circuito Judicial, en su debida oportunidad. Ciérrese informaticame.....