Visto el escrito presentado por los Abogados LENIN JOSE TERAN, SANDRA CAROLINA SALAS y DIGNA MARY ARAUJO, en representación de la Fiscalia Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, quiénes solicitan la DESESTIMACION DE LA DENUNCIA interpuesta por la ciudadana DAISY DEL VALLE DABOIN DE MATHEUS en contra de enfermeras del Hospital José Gregorio Hernández, por tratarse de acción de índole laboral y no la penal, el tribunal para decidir observa;
Analizadas exhaustivamente como han sido las actuaciones de las mismas se evidencia que en fecha 21 de septiembre del 2.007 , la ciudadana DAISY DEL VALLE DABOIN DE MATHEUS de 40 años de edad , de oficios enfermera, titular de la cédula de identidad Nª 5.789.172 , residenciada en la calle El Rosario de Santa Rosa N° 0-30 Municipio Trujillo, Estado Trujillo interpuso denuncia ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Trujillo Estado Trujil.....