DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 7 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: ACUERDA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN, en contra del ciudadano JUAN JOSÉ MEJIA DABOIN, C. I: 15.407.367, venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nacido en fecha 02/01/1982, de 28 años de edad, de profesión u oficio: Estudiante, estado civil: soltero, grado de instrucción: Bachiller, hijo de Ignodio Mejía (F) y Ana Daboin, domiciliado en Cabudare, Avenida Intercomunal, Residencias Terepaima, Apartamento D-11, al lado de Lácteos Milazzo, Cabudare, Estado Lara, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 Ordinales 1, 2 y 12 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor. SEGUNDO: Oficiese a la Fis.....