Por las razones de hecho y derecho expuestas a lo largo de esta resolución, este Tribunal de Primera instancia del Circuito Judicial Penal, en Función de Ejecución, Sección Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, efectuada la revisión de la medida, declara la Improcedencia de la sustitución de la Privación de Libertad impuesta como sanción al joven ____ ya identificado, al cumplir la medida impuesta con los objetivos fijados y no ser contraria al proceso en desarrollo del sancionado. Se acuerda oficiar al Centro de Responsabilidad Varones Carmania, comunicándole de la decisión tomada en el día de hoy, anexándose copia de la decisión.