PRIMERO: Se IMPARTE HOMOLOGACIÓN al DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, planteado el 06 de agosto de 2018, por el abogado CESAR PEREZ GUEVARA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 232.729, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadanos HERNAN R. PAUBLINI CEDEÑO, MIRIAM SOFIA AREVALO BARRETO, NINA JARCHENCO POLISCHUK, JUAN JOSÉ HERNANDEZ UZCÁTEGUI, THAIN ALONSO GUILLÉN MÁRQUEZ y JULIO ERNESTO OSIO SALCEDO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 536.857, V- 9.435.700, V- 3.232.733, V- 3.499.036, V- 14.268.565 y V- 2.146.882, respectivamente; en el procedimiento de INCORRECTA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, impetrado el 12 de julio de 2018, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales de Municipios del Área Metropolitana de Caracas; por el referido profesional del derecho y la abogada MAITEDER IDIGORAS LONDOÑO, venezolana, mayor.....