En tal sentido, este Tribunal revoca por contrario imperio el auto de fecha 10 de marzo de 2017, por cuanto no consta la notificación de la parte demandada de la decisión de fecha 07 de junio de 2016 mediante la cual el Tribunal homologó el medio de autocomposición procesal; en tal sentido se ordena librar nueva boleta de notificación del ciudadano PABLO UZCÁTEGUI TORRES, titular de la cédula de identidad número 10.912.066. Así se decide.