Juzgador deja sin efecto las reglas previstas en los numerales 1 y 2 del referido informe y DECLARA CONCLUIDA LA PARTICION, autorizando la venta en subasta pública del bien inmueble objeto de la partición por ser indivisible; del precio que resultare de la venta del bien será repartido en asignación o cuota correspondiente a cada comunero de acuerdo a lo establecido en el informe de partición y tal como corresponde según sentencia emitida por este Tribunal en fecha 31 de julio del 2024, todo de conformidad con los artículos 1.069 y 1.071 del Código Civil, esto para garantizar el principio de igualdad de las partes. Asimismo se ordena notificar de la presente decisión por medio de boleta a las partes. Líbrense las boletas de notificación y entréguese al alguacil de este Juzgado a fin de que practique las mismas, y se le hace saber a las partes que una vez que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, comenzarán a transcurrir los lapsos legales correspondientes. Cúmplase.....