ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Visto que el acusado LUÍS JAVIER TERÁN CARMONA admitió los hechos pasa a dictar sentencia en los siguientes términos: El delito por el cual se admitió la acusación DISTRIBUCIÓN ILÍCITA MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, prevé una pena de cuatro (04) a seis (06) años de prisión por cuanto consta en el sistema juris 2000 que no tiene antecedentes penales y por ser menor de veinte años por aplicación del articulo 37 del Código Penal se aplica el limite mínimo que es cuatro años de prisión, y por aplicación del articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal rebajada la pena en la mitad por no ser un delito violento se aplica como pena definitiva a imponer DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN y las accesorias establecidas en el articulo 16 que son las siguientes: Inhabilitación política durante el tiempo de la condena y sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del.....