DECISIÓN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto y con base a las normativas de la Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Declara Con Lugar la solicitud de Revisión de Obligación Alimentaria, presentada por el ciudadano Pastor Enrique Oropeza, ya identificado, en contra de la ciudadana Marjorie Emilia Betsabe Torres De Oropeza, ya identificada. En consecuencia, se fija la pensión de alimentos en la cantidad de ciento cincuenta mil bolívares (Bs. 150.000,oo) mensuales, a razòn de setenta y cinco mil bolívares (Bs. 75.000,oo) quincenales, además del 50% gastos médicos, medicinas, útiles escolares, uniformes, recreación y cualquier otro que su hijo requiera. Asimismo, se fija el 20% de las utilidades de fin de año, con el fin de cubrir los gastos navideños de su hijo y el 20% las prestaciones sociales en caso de despido o retiro del org.....