Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No. 1 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la ENTREGA del vehículo antes identificado EN CALIDAD DE DEPÓSITO de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, a la ciudadana YELITZA COROMOTO CARDENAS PEREZ, Cédula de Identidad Nº V- (...), del vehiculo con las siguientes características CLASE CAMIONETA, TIPO SPORT WAGON, USO PARTICULAR, MARCA JEEP, MODELO CHEROKEE, AÑO 1993, COLOR PLATA, SERIAL CARROCERIA 8YEFJ28VXPV074513, SERIAL DE MOTOR: 6 CILINDROS, PLACA PAG24X.-.- Segundo: Oficiar al Estacionamiento Judicial la Concordia C.A., que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega en calidad de deposito a la ciudadana MIGLENIS JOSEFINA AZUAJE MORAN, Cédula de Identidad Nº V- 10.636.209, del vehiculo con las siguientes características CLASE CAMIONETA, TIPO SPORT WAGON, USO PARTICULAR, MARCA JEEP, MODELO CHEROKEE, AÑO 1993, COL.....