Habiéndose establecido que la solicitud fue realizada dentro del lapso previsto en el artículo 79 de la Ley Sobre el Derecho a Una Vida Libre de Violencia, este Tribunal de Primera Instancia en lo penal en Funciones de Control N° 2, Audiencias y medidas del Circuito Judicial penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda la PRORROGA DE NOVENTA (90) DIAS, solicitada por la Fiscalia Novena del Ministerio Publico, por cuanto fue solicitado dentro del lapso legal para ello, en la investigación N° D21- F09-5469-2009, (429) en fecha 19/10/2009 de 2009, donde aparece como investigado el ciudadano JOSE GREGORIO CASTELLANOS, por la presunta comisión de uno de los delitos, previsto y sancionado en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana EYERLIBETH VALERA DELGADO. Notifíquese.-
La Juez Temporal de Control N° 02, .....