Considera quién aquí juzga que una vez analizados el escrito de querella presentada por el accionante, dicho escrito de querella acusatoria no cumple con todos los requisitos exigidos en el artículo 294 del Código Orgánico Procesal Penal, de manera especial el numeral 2ª, que exige el domicilio o residencia del querellado toda vez que la querella va dirigida contra el ciudadano LEONARDO DE JESUS MARIN MAYORA, de 37 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.317.810, señalando como residencia el sector Pueblo Nuevo, Avenida Libertador casa N° 2-23, SIN EMBARGO OMITE SEÑALAR la Parroquia, el Municipio, el Estado ; el Tribunal requiere la dirección donde pueda ser localizado por el Alguacil o cualquier autoridad para participar decisiones, notificaciones, citaciones o emplazamientos, y no lo señala, asi como también se omite indicar las relaciones de parentesco con el querellado a que se contrae el numeral 1° del artículo 294 del citado código adjetivo penal ,.....