En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos y en base a las disposiciones legales citadas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por el Fiscal Segundo del Ministerio Público contra el ciudadano CELEDÓN ANTONIO MARRIAGA MEJIA, venezolano naturalizado, natural de Piedras de Moreno Magdalena-Colombia, titular de la cédula de identidad N° 23.660.328, nacido el 21-12-53, de 49 años de edad, hijo de Manuel Mejía Marriaga y Temilda Rosa Mejía, de estado civil soltero, de ocupación Comerciante, residenciado en el Barrio La Dolorita, Petare, al frente del Mercal de La Dolorita, en la calle ciega, en la planta alta del Comedor Popular, poste N° 15, Caracas, teléfono 0414-1285134 y el de la esposa Marisela Zambrano 0414-.....