DISPOSITIVA
Por las anteriores razones, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad, llenos como están los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano DARWIN ENRIQUE USCATEGUI, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 15.431.939, natural de Valera, nacido en fecha 18/08/1981, de 27 años de edad, de ocupación vigilante en el mercado municipal de Valera, grado de instrucción tercer año de bachillerato, hijo de Germán Ramón Uzcategui y de Luz Marina Parra, residenciado en la avenida principal del sector Santa Elena, casa N G36, a una cuadra de la cancha Valera Estado Trujillo, a quien se le imputa la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÒN, previsto y sancionado en el artículo.....