Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, declarando SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 03-05-04, por el abogado Luis Eliézer Rojas Rojas, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto dictado en fecha 27-04-04 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en el Juicio de Cumplimiento de Contrato, intentado por la Asociación Civil Trabsider, representado por los ciudadanos Luz Estela Muñoz y Omar Garcías, en su condición de Presidente y Tesorero, respectivamente, contra los ciudadanos Leonardo José Paparoni Mora y Marianela Rosales de Paparoni. Se declara la INADMISIBILIDAD de la prueba de informes promovida por la parte demandada, en el capitulo II, punto No 5 de su escrito de promoción de pruebas. QUEDA CONFIRMADO el auto dictado en fecha 27-04-04, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil,Mercantil y del Transito del estado Lara. Se condenó en COSTAS a la parte apelante.