este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley actuando en sede constitucional, DECLARA: PRIMERO: ADMITIR, la pretensión de amparo constitucional intentada por el ciudadano LENIN JOSE SILVA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.228.528, abogado en ejercicio inscrito en el IPSA bajo el Nº 102.198, actuando en nombre propio y representación, contra actuaciones del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, SEGUNDO: como asunto de MERO DERECHO y en consecuencia CON LUGAR la pretensión de amparo constitucional postulada, por lo que se declara NULO POR INCONSTITUCIONAL el auto de fecha 16/01/2025, y toda actuación subsiguiente al mismo, que revocó por contrario imperio el auto de fecha 10/12/2024, e.....