SE DECRETA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el siguiente bien inmueble: sobre el 50% de los derechos de propiedad que le corresponden a la demandada sobre un inmueble ubicado en la ciudad San Diego, Municipio San Diego, Estado Carabobo, en el Parque Residencial Los Andes Edificio Nro. 19, Apartamento 13; según se evidencia de documento registrado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario de los Municipios Naguanagua y San Diego del Estado Carabobo, en fecha 19 de agosto del 2.003, bajo el Nro. 17, folios 1 al 5, Tomo 15, Protocolo 1ro, Con ficha registral R-0302111, constituido por un apartamento ubicado en la Urbanización Parque Residencial Los Andes Yuma, Sector 1, Edificio 19, Piso 1, Apartamento 19-13, cuyos linderos particulares son : Suroeste: con fachada lateral del edificio y del edificio Nro. 20; Noreste: con el apartamento 19-12; Noroeste: con el patio exterior del edifico, cuarto de basura y pasillo de circulación y Sureste: con fachada posterior del edifi.....