III
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado Jesús Araujo, endosatario en procuración del demandante, ciudadano José Gabriel Maldonado, identificados en autos, contra la decisión dictada por el A quo el 7 de Abril de 2010, en el juicio que por cobro de bolívares, vía intimatoria, propusiera contra las ciudadanas Belkis Claret Méndez Godoy y Belkis del Carmen Valbuena Sebrián, contenido en el expediente número 23.489 que lleva el Tribunal de la causa.
Se declara LA PERENCIÓN de la instancia y EXTINGUIDO el señalado proceso, por haber transcurrido más de un (1) año sin que la parte actora interesada realizara ningún acto de impulso procesal, en los términos señalados en este fallo.
Se.....