Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA: La Aprehensión inmediata, RUBEN DARIO MORENO, venezolano, de 39 años de edad, soltero, natural de Valera, Estado Trujillo, nacido el 29-01-66, quien dijo tener el número de Cédula de Identidad 9.497.749, con grado de instrucción 6° grado ocupación albañilería, hijo de : María Magdalena Moreno Rivero y Martín Ramón Rivero Moreno, domiciliado en el Barrio El Milagro, Calle 2, Casa 2-66, Municipio Valera Estado Trujillo, por incumplimiento de las obligaciones impuestas por este Tribunal y haberse desprendido del proceso penal, es por lo que se revoca por incumplimiento de la medida de conformidad con el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se ordena que una vez aprehendido sea puesto a la orden de este Tribunal para imponerlo de esta decisión y luego de impuesto realizar la Audiencia Preliminar. De conformidad con los artículos los 1, 12, 250, 260 y 263 del.....