En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario, ejercido por el ciudadano GONZALO PÉREZ PETERSEN, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Caracas, titular de la cédula de identidad N° V-5.299.878, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 21.960, en su carácter de Apoderado Judicial de la firma mercantil AGRÍCOLA PAPELÓN, C.A., inscrita por ante el Registro de Comercio que lleva el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 17 de julio de 1974, bajo el N° 95, folios 22 al 29 vto., Tomo II; en contra de la Resolución Nº CJ-210.100-181-240, de fecha 23 de marzo de 2004 y notificada el 12 de febrero de 2004, emanada de la PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE).