Se autoriza a la niña (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA), para usar los dos apellidos de su madre, que son VILLEGAS FERNÁNDEZ, efecto al cual ofíciese al Jefe de Registro Civil del Municipio Valera, Estado Trujillo y al Registrador Principal de este Estado para que estampen la nota marginal respectiva, dicha partida de nacimiento se encontraba asentada en la Prefectura de la Parroquia Juan Ignacio Montilla, Municipio Valera, Estado Trujillo, bajo el Nº 86 del año 1998.