Decisiones del dia 28/02/2008 
				   
				 
	
				  
			 
			
			
	  
	 
  
			  
				
                   
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								TP11-L-2007-000394  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 28/02/2008  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,  declara sin lugar lo solicitado por la apoderada judicial de la parte actora abogada YANETT PIRELA, ya identificada, en cuanto a la declaratoria de la admisión de los hechos de la empresa codemandada Valores Roa, C.A., debido a que al abogado José Rafael Maldonado, le fueron otorgadas facultades expresas para asociar o sustituir poder en abogado de su confianza y el acto fue realizado cumpliendo los requisitos legales. Asimismo, se declara sin lugar, tenerse el acto de asociación o sustitución de poder como una renuncia al mismo, por no haberse reservado su ejercicio, por cuanto es una atribución potestativa del mismo, aunado a ello, el mencionado apoderado judicial no se ha hecho presente en este procedimiento. Así se decide, en Trujillo.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Ismelda María Aldana 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								TP11-L-2007-000412  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 28/02/2008  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,  declara sin lugar lo solicitado por el apoderado judicial de la parte actora abogado VICTOR BARROETA, ya identificado, en cuanto a la declaratoria de la admisión de los hechos de la empresa codemandada Valores Roa, C.A., debido a que al abogado José Rafael Maldonado, le fueron otorgadas facultades expresas para asociar o sustituir poder en abogado de su confianza y el acto fue realizado cumpliendo los requisitos legales. Asimismo, se declara sin lugar, tenerse el acto de asociación o sustitución de poder como una renuncia al mismo, por no haberse reservado su ejercicio, por cuanto es una atribución potestativa del mismo, aunado a ello, el mencionado apoderado judicial no se ha hecho presente en este procedimiento. Así se decide, en Trujil.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Ismelda María Aldana 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								9793-06  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 28/02/2008  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 267 del referido código, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA. Así se decide. Notifíquese a la parte actora, y por cuanto de las actas se desprende que esta tiene su domicilio en el Municipio Valera Estado Trujillo, se comisiona amplia y suficientemente a la     Unidad De Recepción Y Distribución De Documentos De Los Juzgados De Municipios Valera, Motatán, San Rafael De Carvajal Y Escuque Con Sede en Valera, para la práctica de la misma.
     
                     El Juez Titular,
   	Abg. Adolfo Gimeno Paredes. 
En esta misma fecha se libro boleta de notificación  y se remitió con oficio N° 0229 al comisionado.
            
                                                                 La Secretaria Titular, 
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Adolfo José Gimeno Paredes 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Tercero de Primera Instancia  en lo Civil 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								2458-2  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 28/02/2008  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda:
     PRIMERO: Se designa al ciudadano: JOSE FORTUNATO VILORIA BRICEÑO, ya identificado, Curador AD-HOCl del niño (Se omite su nombre de acuerdo a las previsiones de la LOPNA), ante el nuevo matrimonio que contraerá el padre de él, ciudadano: HUGO JOSE SARMIENTO PACHECO, igualmente identificado y a solo ese efecto.
	SEGUNDO: Entréguese al solicitante original de este expediente, dejando en su lugar, copia certificada del mismo.
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Alejandrina Rivas Ruiz 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								05499  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 28/02/2008  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: DISPOSITIVA
	PRIMERO: Se FIJA la obligación de manutención  que debe pasar el ciudadano REINALDO HERIBERTO MEDINA MARRUFO,  a sus hijos, (se omite su nombre por disposición de la lopna),  a la cantidad de dinero equivalente al 65,06% de un (1) salario minino urbano nacional, a ser pagado mensualmente, el cual equivale a la cantidad de cuatrocientos bolívares fuertes, (Bs.F. 400.000,00) mensuales, más dos meses (02) adicionales al  monto de la obligación alimentaria en el mes de diciembre por concepto de aguinaldos, igualmente, deberá cancelar un (01) mes adicional del monto de la obligación alimentaria en el mes de septiembre por concepto de gasto de útiles. Los gastos de medicina, vestuario, calzado y cualquier gasto eventual que pueda presentarse podrá se cubierto por ambos progenitores. La cantidad aquí fijada se incrementará en la medida y proporción en que sea aumentado el salario mínimo, para lo cual el obligado a la manutención  deberá realizar los ajustes necesarios voluntar.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Alejandrina Rivas Ruiz 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente