este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de le ley, acuerda de conformidad con el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal el ampliar la medida cautelar sustitutiva de privación judicial preventiva de libertad por una menos gravosa que consiste en la presentación al Tribunal al imputado ciudadano ROLANDO JOSE PAREDES PEÑALOZA , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª 13.764.991, sargento mayor de la Guardia Nacional, bachiller, residenciado en SABANA DE MENDOZA, SECTOR EL TROMPILLO, II, VEREDA 32, N- 139 MUNICIPIO AUTONOMO SUCRE del Estado Trujillo procesado por delito de HOMICIDIO CULPOSO en su artículo 409 del Código Penal .-cada 90 días contados a partir de la presente fecha , conforme al artículo 256 ordinales 3 del Código Orgánico Procesal Penal , quedando si.....