PRIMERO: Se admite la Acusación presentada y las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, en contra del ciudadano: LUIS ELIAS RIVERA VALECILLOS, titular de la cédula de identidad N° 16.534.317, fecha de nacimiento V-16.534.317, de 26 años de edad, grado de instrucción: técnico en computación, hijo de Luis Rivera y Carmen Valecillos, DOMICILIADO EN URBANIZACION LIBERTADOR, VEREDA 12, CON CALLE6, CASA N° 2, PLATA TRES, TELEF:0416-6027077 MUNICIPIO VALERA ESTADO TRUJILLO por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA previsto y sancionado en el artículo 42 Segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida libre de Violencia en agravio de VALERO MONTILLA NEISMAR IRENE. SEGUNDO: Se acuerda para el imputado, antes identificado la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad a lo previsto en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, con un régimen de prueba de SEIS MESES, por haber admitido los hechos y la pena aplicable .....