esta Operadora judicial Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la Demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por el DEMANDANTE: JORGE RODRIGUEZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N0 90.085, domiciliado en la Avenida 6 con calle 7 Edificio Comercial La Ceiba, piso 1 Oficina 08, Quíbor, Municipio Jiménez, Estado Lara, en su carácter de Apoderado judicial de los Ciudadanos: FREDDY RENE GUTIERREZ RAMIREZ y JOSE LUIS GUTIERREZ RAMIREZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-14.228.316 y V-18.432.553, en contra del ciudadano FREDDY JOSE GUTIERREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N0 V7.462.988, domiciliado en la Urbanización la Ceiba 2, Sector 1, Vereda 6 Nro. 07, Quibor, Municipio Jiménez del Estado Lara. En consecuencia se ordena:
PRIMERO: Se ordena al demandado que cumpla con la obligaci.....