D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el presente recurso de hecho, propuesto por el ciudadano Isidro de Jesús Araujo Paredes, identificado en autos, asistido por la abogada Raquel Briceño Baptista, inscrito en el inpreabogado 220.652, contra auto de fecha 14 de febrero de 2024, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en el expediente número 25.167, llevado por el Tribunal de la causa, contentivo del juicio que por Acción Mero Declarativa Concubunaria interpuesta por los ciudadanos Isidro de Jesús Araujo Cabrera y María Eugenia Araujo Cabrera contra Isidro de Jesús Araujo Paredes
Se ordena expedir por Secretaria copia .....