PRIMERO: Se decreta la aprehensión en flagrancia de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, - SEGUNDO: Se ORDENA la aplicación del procedimiento Especial de conformidad con lo establecido en el artículo 94, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia TERCERO: Se decreta la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 92 numeral 8 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al ciudadano José Leopoldo Mogollón Perdomo, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° 17.036.004, de ocupación obrero, hijo José Mogollón y Carmen Segundina Perdomo, natural de Trujillo, 30 años de edad, residenciado en el cerrito de la Plazuela, por la cancha, color de la casa roja, al lado de la señora Carmen , de Trujillo del Estado Trujillo, que consiste, n.....