En mérito de lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: REVOCA DE OFICIO en forma definitiva las medidas cautelares sustitutivas al acusado de autos HERIBERTO ANTONIO GRATEROL APONTE, quien según la identificación por él aportada en autos es venezolano, titular de la cédula de identidad V-7.509.794, nacido el 14 de noviembre de 1959, de profesión comerciante, hijo de Elsa de Graterol (difunta) y Marcel Graterol (difunto), domiciliado en El Valle de San Luís, avenida José Luís Faure, casa N° 36 de color azul, frente al restaurante "Los Palomares", Valera, estado Trujillo, y en consecuencia, DECRETA la renovación de la vigencia de la medida de privación judicial preventiva de libertad que regía sobre dicho ciudadano antes de su sustitución por las medidas cautelares revocadas.
SEG.....