DECISION
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA EL CESE inmediato de la Medida Cautelar de Libertad que pesa sobre el imputado CARLOS ALFONZO MARIN venezolano, analfabeto, titular de la cédula de identidad N° no porta, Estado Trujillo, estado civil soltero, de 23 años de edad, Natural de Valera Estado Trujillo, no sabe leer ni escribir, de ocupación Agricultor, hijo Saul Chico y Rosa Marín, residenciado Campucal, vía de Peraza a Agua Viva, casa de color azul, a menos de 100 metros de la Bodega del Señor Benigno, Estado Trujillo, plenamente identificada en autos, medida ampliada por el Tribunal de Control 7 en fecha 03.09.2003, por aplicación del articulo 9 y 244 aparte primero del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se les sigue proceso por la comisión del delito de LESIONES MENOS GRAVES. Líbrese Boleta de Notificación a las Partes. Ofíciese a la .....