El padre, ciudadano ENGELRY DE JESÚS TERÁN RAMÍREZ, deberá cancelar la deuda pendiente por DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTE BOLÍVARES (Bs. 2.820, oo), de la siguiente manera: La cantidad de de CIEN BOLÍVARES (Bs. 100, oo), mensuales, más la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500, oo), en el mes de octubre y la suma de MIL TRESCIENTOS VEINTE BOLÍVARES (Bs. 1.320, oo), en el mes de noviembre del presente año, deuda por concepto de mensualidades de obligación de manutención, aparte cancelará la cantidad de CIENTO OCHENTA Y OCHO BOLÍVARES (Bs. 188,oo), mensuales por obligación de manutención, dichos montos serán descontados por nómina de pago del sueldo del obligado, ciudadano ENGELRY DE JESÚS TERÁN RAMÍREZ, además el padre deberá gestionar el arreglo del asunto relacionado con el seguro social, sus hijos (se omiten los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA).