TERCERO
DISPOSITIVA
En mérito de lo anteriormente expuesto, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de auto interpuesto por la Abg. ALBA CONTRERAS BARRIOS, Defensora Pública Penal Décima Cuarta, actuando en la causa Nº TP01-P-2015-022434, seguida del ciudadano CLAUDIO JAVIER FERNADEZ VALERO, recurso éste ejercido en contra del Auto de fecha 06 de Noviembre de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo SEGUNDO: Se Confirma la decisión recurrida. Notifíquese a las partes. Remítase al Tribunal de origen.
Dada, firmada, sellada y refrendada, en la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en Trujillo a los catorce (14) días del mes de enero del año dos mil quince (2015). Año 205° de la Independencia y 156° de la Federaci.....