DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la recusación planteada en contra del abogado José Miguel Arayan Chacón, en su condición de Juez Provisorio Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en el expediente número 29.828, contentivo del juicio que por cumplimiento del pago pendiente por contrato de servicio incoado por la Empresa Gases Motatán, C.A, contra Unidad Gastroquirurgica ambulatoria, C.A. (UGA).
En consecuencia, el ciudadano juez del Tribunal Segundo de de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial del estado Trujillo, abogado José Miguel Arayan Chacón, DEBERÁ requerir del Tribunal al cual se hubiere repartido el expediente por causa de la recusación, la DEVOLUCIÓN de los autos a los fines de que continúe conocien.....