Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la Solicitud Fiscal y DESESTIMA LA DENUNCIA interpuesta por la ciudadana: MARÍA DEL CARMEN LLAVANERA, en contra de los ciudadanos: ISMAEL VALERA, MAIRA DELGADO Y BERITZA CASTILLO, quienes pueden ser ubicados en el sector el Guatire de Monay, casa N° S/n, Parroquia la Paz, Municipio Trujillo, Estado Trujillo., iniciada por la presunta comisión de uno de los delitos previstos y sancionados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en virtud que el hecho denunciado no revisten carácter penal, por cuanto no atenta contra la estabilidad emocional o psíquica de la mujer; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 301 y 302 del Código Orgánico Procesal Penal.- Notifíquese al denuncia.....