Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, es por lo que este Tribunal en funciones de Control N° 04 Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA: SIN lugar la solicitud proveniente del Fiscal II del Ministerio Publico Abg. Lenin Terán, mediante el cual solicita a través de un escrito constante de veinticuatro (24) folios útiles( la cual es el escrito de solicitud) y siete (07) anexos, para un total de 31 folios , que se Ordene La Privación Judicial Preventiva De Libertad a los ciudadanos: 1. JOSE ANTONIO OLIVAR PAREDES, apodado "EL TONY", titular de la Cédula de Identidad NO 18.376.104, ubicada en la Urbanización El Castillo, calle 3, casa NO 41, de la población Sabana de Mendoza, Municipio Sucre, Estado Trujillo.2.-ERICK LENAS COBARRUBIA TORREALBA, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.535.566, ubicada en la Urbanización Valmore Rodríguez, calle NO 05, casa NO 46, de la población Sabana de Mendoza, .....