Razones y consideraciones por las cuales, este Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y muy especialmente por mandato de los Artículos 2, 26, 49 Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 341 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 10 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra el Desalojo y Desocupación Arbitraria de Viviendas, DECLARA INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA, por ser contraria a derecho, que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO COMPRA VENTA, propone el ciudadano: LEONARDO JOSE BRICEÑO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-16.149.690, domiciliado en jurisdicción del Municipio Pampanito, Estado Trujillo, representado por la Abogada, MIRIAM ROSA TORRES, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nro.137.704; Contra: CARMEN TERESA TELLES DE MORENO y NELSON DE JESUS MORENO B.....