D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE EXISTENCIA DE RELACIÓN CONCUBINARIA, intentada por la ciudadana MARÍA TEODOLINDA BRICEÑO ROSARIO, en contra de los ciudadanos JACINTA BEATRIZ, FRANCISCO JAVIER, ALEJANDRO JOSE, YOEL ENRIQUE, YENNY DEL VALLE y LUCAS JOSÉ GRATEROL BRICEÑO, éstos en su carácter de herederos conocidos del de cuius FRANCISCO JOSE GRATEROL BASTIDAS, todos plenamente identificados y los herederos desconocidos del mencionado causante.
SEGUNDO: SE DECLARA que existió una relación concubinaria entre los ciudadanos MARÍA TEODOLINDA BRICEÑO ROSARIO y FRANCISCO JOSE GRATEROL BASTIDAS, antes ident.....